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¿CUÁL ES EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DEL DEPÓSITO DE CUENTAS?

El Registro Mercantil admite la presentación de los depósitos de cuentas durante todo el año, si bien éstos serán calificados en plazo cuando cumplan dos condiciones:
  1. Que la Junta General de Socios que apruebe las cuentas se celebre durante los seis meses posteriores al cierre del ejercicio.
  2. Que las cuentas se presenten en el Registro antes de que finalice el mes siguiente al de la fecha de su aprobación.



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