¿CÓMO SE PRESENTA LA DECLARACIÓN DE TITULAR REAL?
El TITULAR REAL es la persona física que posea o controle más de un 25% de las participaciones o acciones o el derecho de voto de la entidad que presenta las cuentas anuales.
La DECLARACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR REAL (TR) es siempre obligatoria y deberá presentarse rellenada anualmente junto con el depósito de las cuentas, aunque no haya habido cambios en los datos respecto del año anterior.
El documento se debe rellenar de la siguiente manera:
Primeras opciones (hay que rellenarlas obligatoriamente):
A continuación hay una serie de cuadros en los que cada sociedad tendrá que reflejar su situación:
Para más información, visiten la Web de Registradores, donde encontrarán manuales y vídeos explicativos.
El TITULAR REAL es la persona física que posea o controle más de un 25% de las participaciones o acciones o el derecho de voto de la entidad que presenta las cuentas anuales.
La DECLARACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR REAL (TR) es siempre obligatoria y deberá presentarse rellenada anualmente junto con el depósito de las cuentas, aunque no haya habido cambios en los datos respecto del año anterior.
El documento se debe rellenar de la siguiente manera:
Primeras opciones (hay que rellenarlas obligatoriamente):
- La sociedad está obligada a presentar la Identificación del titular real por no cotizar en un mercado regulado: SÍ.
- La sociedad presenta por primera vez o actualiza los datos de identificación: SÍ.
- Tipo de actualización: se indicará PRIMERA en las Sociedades que anteriormente no hayan presentado el TR; o ACTUALIZACIÓN para aquellos casos en los que en ejercicios anteriores ya se haya presentado esta información.
- Fecha en la que debe reputarse el cambio de datos: Deberá indicarse la fecha de la junta, ya que los datos que se incluyan a continuación deberán ir referidos a la situación relativa a esa fecha.
A continuación hay una serie de cuadros en los que cada sociedad tendrá que reflejar su situación:
- Si existe, como mínimo, un titular real, se rellenarán solo los Cuadros I.a y I.b en caso de que la participación sea directa; en caso de participación indirecta, además deberán rellenarse los Cuadros III.a, III.b, IV.a y IV.b.
- Si no existe titular real, deberá consignarse el titular real persona física asimilada (Cuadro II).
Para más información, visiten la Web de Registradores, donde encontrarán manuales y vídeos explicativos.